El precio máximo de la bombona media
después de impuestos subirá un 2,15% a partir de mañana y se situará en 17,5
euros, que es el tope legal fijado hasta 2014 por la nueva normativa de
revisión de precios.
Tras este incremento,
que se suma al del 5% de hace dos meses, la bombona habrá acumulado una subida
del 7,2% desde enero, cuando costaba 16,32 euros. Estos precios incluyen IVA e
impuestos especiales.
Según una resolución
publicada este lunes en el BOE, el precio máximo de venta antes de impuestos
queda fijado a partir de mañana en 114,2025 céntimos por kilogramo, después de
haberse reconocido un coste de comercialización de 46,1604 céntimos por
kilogramo.
Este importe de
114,2025 es el tope legal hasta marzo de 2014 establecido en la orden ministerial
del 21 de marzo, en la que se detalla el nuevo mecanismo de precios en el
territorio nacional, salvo Canarias, Ceuta y Melilla.
El nuevo mecanismo
contempla una frecuencia de revisión bimestral de precios, que se realiza en el
segundo martes de cada mes impar, así como un máximo de revisión anual por
encima del cual se reconocen unas cantidades a los operadores para su cobro
futuro, sin que sean repercutidas inmediatamente al consumidor.
De este modo, el nuevo
mecanismo bimestral incluye un sistema parecido al de la electricidad, en el
que las cantidades que no se cubran vía ingresos generan un déficit de tarifa
que el sector podrá recuperar posteriormente, si bien Industria se cuidará de
evitar que la deuda se acumule año a año hasta resultar insostenible.
La idea es que los
meses en que las cotizaciones asociadas a la revisión del butano provoquen
subidas superiores a los 17,5 euros estos excesos no se repercutan al
consumidor, pero puedan absorberse rápidamente en cuanto haya bajadas en meses
posteriores.
El nuevo mecanismo
absorbe también las pérdidas en que han incurrido en enero y febrero los
operadores del sector del butano obligados a vender por debajo de costes.
El precio de la bombona de butano, que afecta a más de ocho millones de
usuarios en España y que hasta ahora se revisaba trimestralmente, nunca podrá
registrar una oscilación al alza o a la baja superior al 5%.
