Tras la intensa campaña realizada durante años por la
patronal CEOE contra el “absentismo fraudulento de los trabajadores y la
negligencia de los médicos de los Servicios Públicos de Salud en la concesión
de bajas por enfermedad común” – que ha sido apoyada con incentivos económicos
por los Gobiernos del PSOE y el PP para que las empresas concierten con las
Mutuas la gestión de la enfermedad común- el Gobierno Rajoy les concede un
nuevo regalo de Navidad: ha aprobado la Ley de Mutuas, que les concede mayores
competencias. Al mismo tiempo anuncia un ahorro anual de 511 millones de euros
mediante la reducción del absentismo laboral. Lo que no cuentan es el perjuicio
que soportaran los más débiles, es decir, los enfermos.
La campaña de las Mutuas y la CEOE, apenas ha tenido
respuesta desde los sindicatos y los comités de
empresa (salvo limitadas campañas en Euskadi), ni tampoco por los médicos de
atención primaria ni las Plataformas de defensa de la sanidad pública.
La aprobación del proyecto ley de Mutuas se produce
con el desprecio absoluto a las reivindicaciones sindicales. Sobre todo, cuando
se generaliza el “Presentismo”, es decir, la práctica de acudir enfermo al
trabajo, para evitar ser despedido u obligado por las dificultades económicas,
tras desaparecer con la baja por enfermedad muchos de los complementos
salariales recogidos en los convenios.
Ley de mutuas
Con el objetivo de reforzar la lucha contra “el
absentismo laboral injustificado” y conseguir “mejorar la competividad
de las empresas“, el Gobierno del PP aprobó el proyecto Ley de Mutuas,
mediante el cual dejarán de denominarse Mutuas de Accidentes de Trabajo y
Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social (MATEPSS), para pasar a ser
Mutuas de la Seguridad Social, después de asumir competencias más amplias que la
cobertura de los accidente de trabajo y las enfermedades profesionales.
A partir de la ley, las Mutuas Patronales asumen el
control desde el primer día de todas las bajas de los trabajadores enfermos,
incluida la enfermedad común, la maternidad o el accidente no laboral, en los
supuestos que la Mutua haya concertado con el empresario la gestión de la
incapacidad temporal por contingencia común.
Las Mutuas tendrán la competencia de denegar,
suspender o anular la prestación económica, sin perjuicio de los partes de
alta o baja emitidos por los médicos de la sanidad pública. Cuando las Mutuas,
en su función de control y seguimiento de la incapacidad temporal, consideren
que el beneficiario podría no estar impedido para el trabajo, realizaran
propuestas motivadas de alta a través de sus médicos, dirigidas al facultativo
de la sanidad pública que emitió la baja y la Inspección Médica dispondrá de 5
días, para comunicarle el alta o la confirmación de la baja con un informe
justificativo. Transcurrido el plazo de cinco días, si la Mutua no recibe la
confirmación de la baja (como probablemente sucederá), está adoptara la
decisión de extinguir la prestación económica. Los enfermos y las Mutuas,
podrán impugnar dichas resoluciones ante el Instituto de la Seguridad Social,
incluso judicialmente, aunque la opinión y las resoluciones de las Mutuas salen
reforzadas en el procedimiento en la nueva Ley. Igualmente, las Mutuas anularán
la prestación económica, en el supuesto de incomparecencia del enfermo a la
cita de control de Incapacidad Temporal en sus instalaciones.
Asimismo, la Ley obliga a eliminar en su totalidad la
participación de las Mutuas en las Sociedades de Prevención, creadas a finales
de los años 90 por dichas entidades. A lo largo de 2014, deberán vender o cerrar
dichos servicios de prevención ajenos: privatización absoluta.
¿Qué son las mutuas?
Con la Ley de Accidentes de Trabajo promulgada en el
año 1900, las Mutuas se constituyen como asociaciones de empresarios para
asegurar los posibles daños de sus trabajadores ocasionados por los accidentes
de trabajo. Su papel inicial era asegurar las prestaciones económicas, pero más
tarde asumirán actividades rehabilitadoras o curativas y de control de
seguridad e higiene en las empresas asociadas.
Con la creación de la Seguridad Social, a mediados de
los años 60, en plena Dictadura, las Mutuas logran consolidar un sistema dual:
1) La protección de los accidentes y enfermedades profesionales de los
trabajadores, cubiertos mediante cuotas de la Seguridad Social, que será
gestionada por las Mutuas patronales, como entidades “sin ánimo de lucro”
colaboradoras de la Seguridad Social; 2) El Servicio Nacional de Salud,
universal y financiado vía impuestos, cuya gestión será trasferida más tarde a
las Comunidades Autónomas.
En la actualidad, tras un proceso de fusión, existen
20 Mutuas, con diferentes tamaños e implantación territorial, siendo
previsibles nuevas fusiones o absorciones, que serán bendecidas por el
Ministerio de Empleo y Seguridad Social. Estas Mutuas son: Fremap, Asepeyo,
Universal, Fraternidad, MC Mutual, Ibermutuamur, Umivale, Maz, Activa,
Mutualia, Unimat, Gallega, Balear, Egasart, Montañesa, Intercomarcal, Mac,
Cesma, Navarra y Solimat, que en su conjunto obtienen unos ingresos anuales de
10.189.467.670,25 euros, por cotizaciones de las empresas, disponiendo de una
plantilla de 20.730 empleados.
De asegurar inicialmente los daños sufridos por los
trabajadores accidentados, las Mutuas han logrado ampliar sus funciones y
competencias, gracias a la apuesta y convicción de los Directores Generales y
gestores políticos de la Seguridad Social que, independientemente de que el
gobierno fuese del PSOE o del PP, han venido afirmando, con poca vergüenza que
“la gestión privada es más eficaz que la pública”.
Veamos algunas de las funciones de las Mutuas:
1. La gestión de las prestaciones
económicas y de asistencia sanitaria, incluida la rehabilitación de las
contingencias profesionales, es decir de los accidentes de trabajo y las
enfermedades profesionales.
2. La gestión de la prestación económica
por incapacidad temporal por enfermedad común, tras acuerdo con el empresario.
3. La gestión de la prestación por riesgo
laboral durante el embarazo o lactancia.
4. La gestión de las prestaciones
económicas por cese de la actividad de los trabajadores por cuenta propia o
autónomos.
5. La gestión de la prestación por cuidado
de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave.
Las Juntas Directivas de las Mutuas estarán compuestas
por diez o quince empresarios, de los cuales el 30%, corresponderá a aquellas
empresas con mayor número de trabajadores, garantizándose la participación de
un representante de los trabajadores de la Mutua. No podrá ostentar el cargo de
Director-Gerente, aquellas personas que desarrollen actividad remunerada en
cualquier empresa asociada. Pero, curiosamente, no existe obstáculo alguno para
que el Director Gerente de MUTUALIA, la mutua de mayor implantación en Euskadi,
sea a su vez Presidente de CONFEBASK (la patronal vasca) o que directivos de
las Mutuas representen a la CEOE en diferentes mesas de negociación.
Se continúa manteniendo los órganos de participación:
1) las Comisiones de Control y Seguimiento, con participación de las
organizaciones empresariales y sindicales, incorporando por primera vez un
representante de las asociaciones de trabajadores autónomos; 2) así como la
Comisión de Prestaciones Especiales, con similar participación, con fondos destinados
a ayudar a las víctimas.
Resulta ilusorio soñar con el control sindical de
estas instituciones, mediante la participación trimestral en las reuniones de
forma gratuita. Pero puede ser útil si es acompañada de una acción sindical
perseverante contra el despotismo de la Mutuas, realizando “escraches” u otras
movilizaciones de respuesta.
Consecuencias de la Ley de Mutuas
No cabe duda que, con las nuevas competencias, las
Mutuas reducirán el absentismo mediante la presión y el maltrato a los enfermos.
Los Inspectores de Sanidad y los médicos de atención de primaria se verán
desbordados y mayoritariamente desistirán de realizar contrainformes de
respuesta a los criterios de la Mutua. Por esta razón terminarán imponiéndose
los criterios economicistas, salvo que se reactive la respuesta y la
movilización social. Las Mutuas presionaran al enfermo para forzar el alta,
especialmente en el caso de enfermedades psicológicas o músculo esqueléticas,
incluidas las embarazadas, con el agravante de que las Mutuas no disponen de
especialistas en dichas patologías.
Aumentará el control con detectives sobre la vida
privada del enfermo. No es casualidad, que sean las Mutuas quienes más demandas
de investigación solicitan a estás Agencias. Quien conozca su práctica no
tendrá dudas del aumento automático del “presentismo” por parte de los
trabajadores enfermos, ante el riesgo de ser despedido o declarado “NO APTO” en
las empresas.
Las Mutuas lograrán alterar las listas de espera para
intervenciones quirúrgicas, favoreciendo al trabajador de baja para su rápida
incorporación laboral, mientras eternizaran la espera de los desempleados o
pensionistas con similar lesión. Igualmente, presionaran a los trabajadores que
han sido despedidos por causar baja para que cojan el alta y así eludir el pago
de las prestaciones, que irán a cargo del desempleo. El carácter universal de
la sanidad pública será cuestionado por los criterios economicistas y aumentará
la desigualdad.
Aunque el control de la Incapacidad Temporal tiene que
realizarse en las instalaciones y por profesionales de las Mutuas, la Ley les
permite realizar conciertos con otros centros privados para acelerar
diagnósticos, favoreciendo el negocio privado de la sanidad. No cabe duda que
el control de la Incapacidad Temporal por las Mutuas favorecerá su estrategia
de ocultar el origen profesional de las enfermedades, eludiendo así sus
repercusiones, incluso para las empresas. Los costes del tratamiento de dichas
enfermedades coadyuvarán a deteriorar los presupuestos de la sanidad pública,
hasta hacerlos insostenibles.
La reducción de las cifras de enfermedad profesional
reconocidas a partir del año 2006, cuando las Mutuas asumieron su gestión,
evitó que tuvieran repercusión tras la ampliación del listado de
enfermedades. Es decir, dejo en evidencia las consecuencias de “poner al zorro
al cuidado de las gallinas”.
Las Mutuas lograrán en estas condiciones, si no se
reactiva la respuesta sindical, una gestión “rentable”, reduciendo el
absentismo: aumentará la práctica de usar mano de obra sana y tirarla cuando
deja de ser productiva, al posibilitar mayores recursos económicos, que serán
utilizados para subvencionar a las empresas, vía incentivos tipo “bonos” por
inversiones preventivas, o se reducirán las cuotas empresariales, como exige la
CEOE y las fuerzas de la derecha política.
Necesidad de un cambio en la orientación
sindical
Los sueños de grandeza de algunos
dirigentes sindicales, que veían con envidia la cogestión de las Mutuas
alemanas, olvidándose del contexto y correlación de fuerzas, les llevó a volcar
sus esfuerzos en tratar de convencer a las direcciones de la Seguridad Social y
la CEOE de las ventajas del modelo alemán, olvidando mientras tanto la
imprescindible respuesta a las agresiones cotidianas de las Mutuas y al aumento
de sus competencias en la enfermedad común, cuya principal consecuencia fue que
ganó terreno la perspectiva de dualizar la sanidad.
En el colmo de la herencia “fidalguista”, las
direcciones confedérales de CCOO y UGT, llegaron a firmar Acuerdos con la
patronal recogiendo “perlas” como estas: “Desarrollar un programa específico
para la eficaz gestión de la Incapacidad Temporal, basado en: La mejora de la
colaboración de las Mutuas con la Administración de la Seguridad Social y los
servicios públicos de salud, para el control de los procesos y el acortamiento
del tiempo de recuperación de la salud, con el consiguiente efecto derivado
sobre los costes empresariales y el gasto en prestaciones de Seguridad Social” o
“Mantener la naturaleza jurídica de las Mutuas, asegurando su carácter
privado como asociaciones de empresarios…” o “Con el
objetivo de eliminar el absentismo injustificado se elaborara trimestralmente
un ratio de evaluación de su comportamiento…etc.“
Afortunadamente, la actual dirección confederal de
CCOO ha rechazado con firmeza el proyecto de ley de Mutuas, en el que las
reivindicaciones más elementales – como la co-decisión, es
decir, que el concierto con una u otra Mutua en las empresas sea acordada de
forma conjunta por el empresario y la representación de los trabajadores, o
lograr una representación directa en las Juntas Directivas -, han sido
arrojadas con desprecio a la papelera.
Activar la respuesta conjunta
Urge activar la respuesta sindical a las agresiones e
intromisiones de las Mutuas en la enfermedad común. Las amenazas y recortes de
prestaciones a los enfermos no pueden abordarse como un problema individual:
urge la respuesta colectiva en defensa de la salud y la defensa de la sanidad pública.
Algunas experiencias, como las realizadas por CCOO de
Euskadi, pueden orientarnos en la respuesta:
§ Las concentraciones de delegados frente
ASEPEYO, UNIVERSAL y MC MUTUAL, en respuesta a la extinción de la prestación
económica a trabajadores enfermos lograron modificar la resolución de la Mutua;
en algún caso bastó con el simple aviso a la prensa de la concentración para
que cambiase la resolución de la Mutua.
§ Es posible impedir en la empresa que la
Mutua intervenga en la gestión de la enfermedad común, introduciendo cláusulas
en los convenios que rechacen el concierto de la empresa con la Mutua. El
ámbito de la empresa permite conocer mejor los motivos de las bajas, quien
realiza fraude o las tiene justificadas. Contra dicho concierto de las empresas
con las Mutuas se han producido huelgas en alguna empresa siderúrgica, pues
afortunadamente existe una posición común en el sindicalismo vasco. Así, el
convenio de los empleados públicos del Gobierno Vasco y otras empresas
importantes, como la Papelera de Errenteria, tienen cláusulas que impiden la
actuación de las Mutuas en la enfermedad común.
§ La actividad sindical realizada para
visualizar las enfermedades profesionales, logrando indemnización por miles de
euros de hipoacusias, lesiones de muñeca, silicosis y cánceres derivados del
amianto, entre otras enfermedades, permite ganar apoyos en la respuesta a las
Mutuas. Igualmente urge que los médicos de atención primaria pregunten al
enfermo acerca de su actividad laboral y no solo por sus hábitos de vida,
asumiendo la obligación de comunicar la sospecha del origen profesional de las
enfermedades que diagnostiquen.
Lamentablemente, en la mayoría de las ocasiones, en
ausencia de una acción perseverante, el problema se individualiza, resultando
siempre perdedores los enfermos.
Finalmente, no cabe duda, la solución más barata y
socialmente más rentable contra el absentismo es investigar las causas de las
enfermedades y promover medidas preventivas. Según la Agencia Europea de
Seguridad y Salud, los trastornos músculo esquelético, derivados de los
movimientos repetitivos, sobreesfuerzos e intensos ritmos de trabajo, junto al
estrés y los riesgos psicosociales, son las principales causas del absentismo
laboral en el Reino de España: su prevención laboral es posible, rentable y
necesaria.
Las Mutuas, la CEOE y el PP lo saben, pero no les
importa. Su interés y objetivo es hacer negocio mediante la dualización y la
privatización de la sanidad. Si permitimos que avancen por ese camino, lo
lamentaremos. Por ello, urge la respuesta desde la empresa, los sectores o
territorios, promoviendo una amplia alianza en defensa de la salud y la sanidad
pública.
