La juez que investiga el caso de los
expedientes de regulación de empleo (ERE) irregulares considera que el
“beneficiario” del uso “absolutamente discrecional” de los fondos públicos por
parte de la Administración de la Junta de Andalucía “fue el propio partido del
gobierno (PSOE), al engrasar durante años y de esta forma las relaciones con
empresarios y sindicatos, lo que le generaría réditos políticos y electorales”.
Así lo pone de manifiesto la magistrada Mercedes Alaya en
la exposición razonada elevada al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía
(TSJA) con los indicios existentes contra las cuatro personas aforadas
señaladas en la misma, como son los exconsejeros de la Junta Carmen Martínez
Aguayo, Francisco Vallejo, Antonio Ávila y Manuel Recio.
En este sentido, y en relación al ánimo de lucro por el
que ve acreditado el delito de malversación, Alaya pone de manifiesto en su
exposición, consultada por Europa Press, que, en el caso ERE, “el beneficio
sería plural, pues en primer lugar y de manera inmediata los beneficiarios
serían terceros próximos al poder político, al tratarse siempre de subvenciones
a personas o empresas con influencia en la Junta, ya fuera a través de los
cargos de ésta última o a través de los sindicatos, y carentes de publicidad”.
Al hilo de ello, y “teniendo en cuenta que los sindicatos
cobraban importantes comisiones por el pago de tales subvenciones, y que en
virtud de las mismas resultaron beneficiadas más de 260 empresas, con múltiples
ayudas muchas de ellas, el beneficiario, de manera mediata o indirecta del uso
absolutamente discrecional de los fondos públicos por parte de la
Administración fue el propio partido del gobierno (PSOE), al engrasar durante
años y de esta forma las relaciones con empresarios y sindicatos, lo que le
generaría réditos políticos y electorales”.
“De ahí que se insista significativamente que el delito
de prevaricación no sería el fin, sino el medio o instrumento para obtener la
finalidad pretendida, la cual sería el manejo de los referidos caudales
públicos a discreción, sin control legal o económico que pudiera entorpecer las
decisiones políticas sobre los mismos”, asevera la instructora en la exposición
razonada, de 73 páginas.
IMPLICA AL CONSEJO DE GOBIERNO DE CHAVES
De otro lado, la magistrada implica a todo el Consejo de
Gobierno presidido por el expresidente de la Junta Manuel Chaves entre 2005 y
2007 en el conocimiento y mantenimiento del fraude, señalando que “bajo ningún
concepto lógico o razonable, podría negarse a juicio de esta instructora, el
conocimiento y mantenimiento de dicho sistema, en primer lugar por la
Consejería de Hacienda y sus responsables, entre ellos Carmen Martínez Aguayo”,
a quien el interventor general “remitió los expedientes relativos a las
propuestas de acuerdo del Consejo de Gobierno para la aprobación de las
actuaciones de control financiero permanente”.
“Y en segundo lugar por el propio Consejo de Gobierno
presidido por Chaves, quien tras el análisis de dichos expedientes aprobó
mediante sucesivos acuerdos de 19 de abril de 2005, de 29 de agosto de 2006 y
de 8 de mayo de 2007, los mencionados programas a propuesta del entonces
consejero de Hacienda José Antonio Griñán”, pone de manifiesto la juez.
En esta línea, añade que “ni los responsables de la
Consejería de Hacienda, ni el Consejo de Gobierno ni su presidente, a juicio de
esta instructora, pueden justificar razonablemente el uso de las transferencias
de financiación por IDEA –cuyo conocimiento se tenía inequívocamente– y por el
resto de las empresas públicas de la Junta, y que de forma ilegal se destinaban
a la concesión y pago, al menos con la Consejería de Empleo, de subvenciones
sociolaborales, de las que conocían también que se omitía la fiscalización
previa por parte de la Intervención”.
A su juicio, “conocían el sistema y lo mantenían cada año
en el Anteproyecto-Proyecto de Ley de Presupuesto, siendo poseedores de una
información de la que no disponía el Parlamento y a su vez lo alimentaban con
las sucesivas modificaciones presupuestarias”, punto en el que dice que, “en
relación con este uso arbitrario de los fondos públicos, tampoco podría negarse
el conocimiento del sistema por la Comisión General de Viceconsejeros, al
frente de la cual estaba el consejero de la Presidencia Gaspar Zarrías”.
“ESTRUCTURA PIRAMIDAL”
“Tanto los cargos inferiores como los superiores de esta
estructura piramidal conocían y participaban en mantener o renovar cada año el
sistema; es decir, no solo las autoridades que materialmente manejaban las
concesiones y los fondos, amparándose en que era un hecho conocido por el
Consejo de Gobierno y su presidente, sabían de la arbitrariedad del sistema,
sino que de forma inversa, tanto el consejero/a de Hacienda como la Comisión
General de Viceconsejeros y el Consejo de Gobierno conocían lo que estaba
ocurriendo en la Consejería de Empleo y en IDEA”, apostilla.
Además, indica que “la arbitrariedad fluye desde arriba,
desde los instrumentos esenciales del gobierno de la Administración autonómica
y no se agota en el Anteproyecto o Proyecto de Ley de Presupuesto, sino que
continua con las modificaciones presupuestarias”, las cuales “fueron el origen
del sistema antes de ser incluidas las transferencias de financiación en el Presupuesto”.
Alaya afirma que este sistema provocó “una severa
injusticia”, ya que las ayudas sociolaborales “sin sujeción a bases reguladoras
ni a requisitos o procedimiento alguno, se otorgaban en gran parte de los casos
a personas o a empresas que por diferentes motivos estaban en el entorno de los
sindicatos, de cargos de la Junta o del PSOE andaluz, propiciando concesiones
basadas en decisiones personales o partidistas o en el intercambio de
intereses”.
SISTEMA “CORRUPTO” Y “ARBITRARIO”
A ello se suma que “al calor de este sistema corrupto y
arbitrario” se generó “una amplia red de influencias que abarcaban los
sindicatos, las agencias de seguros, ciertos despachos de abogados, así como
ciertos personajes que se movían en diferentes sectores, propiciando todos
ellos la concesión de tales ayudas pues obtenían importantes beneficios por su
gestión”.
También en la exposición razonada, justifica su decisión
de ampliar la investigación a todas las empresas públicas de la Junta y
recuerda que la memoria de la Intervención, en el apartado ‘Contabilización de
las Transferencias’, recogía que “tanto la agencia IDEA como la Empresa Pública
del Suelo (EPSA), la Empresa Pública de Gestión de Programas Culturales, y las
entidades DAP, Extenda, Egmasa y Turasa presentaban irregularidades en la
contabilización de las transferencias de financiación que afectaban a
resultados o a la clasificación de su activo y pasivo”.
Por último, vuelve a argumentar su decisión de no dividir
la causa en piezas separadas y señala que ello “provocaría la pérdida del
enlace objetivo de los hechos y un absurdo procesal que se arrastraría durante
años”, alertando además del “caos procesal que se vislumbra” ante la
posibilidad de que se produjeran sentencias contradictorias entre sí de enjuiciarse
los hechos por separado.
Para la instructora, “debemos preguntarnos si la
existencia de múltiples imputados en esta causa es razón suficiente para, tras
descomponer la misma, evitar una adecuada investigación de hechos tan complejos
en distintos órganos jurisdiccionales de instrucción y enjuiciamiento, en los
que malo es si coinciden en el tiempo y peor aún si no coinciden”.
“¿No estaríamos creando un precedente peligroso, de modo
que la multiplicidad de intervinientes podría evitar una instrucción y un
enjuiciamiento normalizado de los hechos, al tener que comprimir los mismos y
sus intervinientes a dimensiones no ajustadas a la realidad?”, se pregunta la
juez, que por todo ello cree que “el ámbito de competencia” del TSJA “debe
abarcar el conocimiento completo del resto de la causa”.
Agencias